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Las formas jurídicas que pueden satisfacer sus necesidades son las siguientes:
Autoemprendedor “AE”
Persona Física
Autoemprendedor “AE”:
El autoemprendedor es toda persona física que ejerce, a título individual, una actividad industrial, comercial, artesanal o de prestación de servicios cuyo volumen de negocios anual no supere :
– 500,000 dirhams para actividades comerciales, industriales y artesanales.
– 200,000 dirhams para prestaciones de servicios.
Persona Física :
Es la forma jurídica en la que el patrimonio del empresario y de su empresa se confunden, y él asume la responsabilidad de las deudas de su empresa. Esta forma es adecuada para ciertas actividades que no requieren un capital significativo para comenzar.
Documentos necesarios:
- ¿Contrato de arrendamiento legalizado y registrado ?
- ¿Registro de Comercio de Persona Física legalizado? ?
- ¿Fotocopia de DNI (beneficiario)?
- ¿Copia certificada del acta de matrimonio si el beneficiario es extranjero o una declaración jurada si es soltero?